Dado que cada vez más personas están tomando noticia de las actuaciones irregulares dentro del expediente “MERIDIAN SA C/ PARTIDO LIBERAL RADICAL AUTENTICO Y OTROS S/ ACCIÓN EJECUTIVA”, AÑO 2021, Nº 114" y dado asimismo que su círculo de impacto está creciendo día a día, esta página trata de ser una guía en cuanto sea posible en el desorden que son los autos.
No conozco a la Juez así que no puedo decir que no es lo mismo en los otros expedientes. Creo que lo pasa en este no es particularmente más desordenado que los demás juicios del Juzgado. Esa es la impresión que tengo.
Cuando tomé intervención en ellos me di cuenta inmediatamente que se habían esta trabando embargos sin intimar a los deudores. No es que se habían hecho mal las intimaciones, no se las había hecho en absoluto.
Por lo tanto presenté el pedido de levantamiento. Esto se encuentra reglado en la ley, tal cual se detalla en el escrito señalado.
A este escrito sucedieron distintas ampliaciones. Ninguna de ellas proveídas por el Juzgado a cargo de Alejandra Zavala. Todos ellos aportaban, de una u otra forma argumentos de hecho y de derecho en cuanto al pedido que fuera solicitado.
Al mismo tiempo, y teniendo en cuenta de que debido a mi intervención la Oficial de Justicia ya había agregado su informe, no tuve hubo más remedio que solicitar su nulidad, como así redargüirlo de falso. No solamente la Oficial había mentido en ella, sino que además su informe era un no-informe y se negaba a sí mismo. Considero redactar una denuncia ante la Superintendencia.
Uno no puede pedir la nulidad de nada en un juicio ejecutivo a menos que muestre el real interés, la causa última que lo mueve, el daño.
Y allí surge el verdadero quid de la cuestión, la raison d’être que a partir a partir de ahora no sólo va a ser el fundamento último de cada actuación mía en el expediente, sino que —extrañamente— parece serlo también el de la Juez de la Causa. Sólo que para mí lo es en el sentido positivo: la falta está allí y hay que trabajar para corregirlo, y en cuanto a la Juez lo es en un sentido que no parece sino ser negativo. Pero y ¿por qué? Cosas como estas pasan diariamente en los Juzgados. Una equivocación lo comete cualquiera. Se corrige como se puede y punto.
Esta situación ya no se puede solucionar. Si uno mira el documento presentado, lo primero que nota es que está suscrita a favor de otra persona y eso basta y sobra, es decir, me exime de conocer si realmente es un pagaré o no lo es o qué cosa es: está a nombre de otra persona y esta persona no lo cedió a ninguna otra: ni por cesión ni por endoso.
No puedo confirmar aún, pero por lo que alcanzo a entender, el Partido tiene muchos documentos de pagos parciales contra la firma que figura en el documento como acreedora.
Esto fue articulado naturalmente mediante las excepciones correspondientes: nulidad y falta de acción. Se la amplió y —como los días pasaban sin ninguna novedad, se la volvió a ampliar Sin embargo, de nuevo, sin respuesta alguna.
Recientemente el Juzgado, como si nada hubiera sucedido en autos, quiso hacer una sospechosa reedición de todo el proceso. ¿Y cómo lo hizo? ¿Concediendo las nulidades? ¿Rechazando las excepciones? No: Librando nuevo mandamiento como si nada hubiera pasado en autos haciendo de esa manera que todo el daño que ya se ha causado se pueda duplicar.
Esto es, naturalmente, intolerable y la verdad inexplicable. Salvo la explicación que señalé al principio: el desorden.
Se la ha recusado a la Juez. Se está escribiendo una acción de inconstitucionalidad. Y verificando todas las posibilidades en torno a este peculiar proceso.
Una sola cosa es cierta: una situación que bien podría haber sido resuelta incluso con una Sentencia Definitiva que ordenara llevar adelante la ejecución —la cuál hubiera sido incorrecta, errónea, equivocada, lo que fuera, pero no hubiera sido atrabiliaria— está escalando rápidamente.
Wilson Villalba.
08 de septiembre de 2021.